Un Juzgado de lo Penal de Almería ha condenado a dos años de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos a un hombre que obtuvo «información íntima», fotografías y vídeos de su ex pareja sentimental mediante una aplicación que instaló en el móvil de la mujer.
nAsimismo el hombre fue condenado a no aproximarse a menos de 200 metros de su ex pareja y, en vía de responsabilidad civil, a indemnizarla con la suma de 20.000 euros.
nLa ejecución de la pena de prisión de esta sentencia dictada por conformidad de las partes, ha sido suspendida, a condición de que el condenado no delinca en ese periodo y participe en un programa formativo.
nUn antecedente de este caso tuvo lugar en junio de 2015, cuando un Juzgado de lo Penal de Girona, condenó a otro hombre a dos años y medio de cárcel y multa de seis euros diarios durante diecinueve meses por el espionaje del móvil de su esposa para recopilar pruebas de una relación extramatrimonial y aportarlas al pleito en el que se dirimía su divorcio.
nHabida cuenta de la existencia de matrimonio entre el autor y la víctima, esta última sentencia aplicó la circunstancia agravante de parentesco. Y si no prosperan los recursos contra dicha resolución judicial, sería la primera que acarrearía la entrada en prisión de alguien por apropiarse de archivos informáticos de su pareja.
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