Abogados García-Míguez

Solicitada una suma como pensión compensatoria, no se puede fijar como tal un porcentaje de los ingresos del obligado al pago

La ley y la doctrina judicial establecen que las sentencias han de ser claras y precisas con las peticiones deducidas por el demandante. Es decir, las sentencias han de ser congruentes.
nY el Tribunal Supremo declaró recientemente que la sentencia de una Audiencia Provincial incurrió en incongruencia al fijar la pensión compensatoria en un 25% de los ingresos del demandado, pese a que la demandante había solicitado la suma de 200 euros mensuales.
nY la incongruencia de la sentencia deriva de que, habiendo sido solicitada la cantidad de 200 euros mensuales, concedió el 25% de los ingresos del marido demandado, lo que podría provocar una pensión superior a la solicitada.
nTal cuestión llevó al Alto Tribunal a  determinar  que  el  referido  porcentaje,  en  su  liquidación, nunca  podrá  ascender  a  una  suma  que  supere  los  200 euros  solicitados,  sin  perjuicio  de  su  actualización.

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