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Las divergencias entre los progenitores no imposibilitan el régimen de guarda y custodia compartida

En una de sus sentencias el Tribunal Supremo consideró «razonables» las divergencias entre los padres, lo cual no imposibilita el régimen de guarda y custodia compartida que es deseable porque fomenta la integración del menor con ambos progenitores, sin desequilibrios, evita el "sentimiento de pérdida", no cuestiona la idoneidad de los padres, y estima la cooperación de los mismos en beneficio del menor.

La obligación de pagar una pensión alimenticia cesa cuando el obligado no puede satisfacerla sin desatender sus propias necesidades

La jurisprudencia establece que los servicios sociales de la Administración Pública tienen obligación de cubrir la manutención de un menor cuando el progenitor alimentista ha justificado no ser capaz de hacer frente a la misma por hallarse en situación de pobreza extrema.

Denegada a un preso su demanda de un régimen de visitas con su hijo en un Punto de Encuentro Familiar

La cuestión jurídica a resolver es si el derecho e interés del demandante de tener un régimen de visitas con su hijo ha de primar a su situación de estar ingresado en prisión. Y el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº Uno de la provincia de Valencia estima que la respuesta ha de ser negativa, ya que el cumplimiento de la pena privativa de libertad está sobre cualquier otro derecho que pudiera ser ejercido estando en libertad.